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domingo, 4 de abril de 2010

Sobre el juicio de amparo y su denominación

¿Con qué otro nombre se le conoce al juicio de amparo?


Chikita RHCP.


Hola, Chiquita.

Se llama juicio de garantías. Habrá quien quiera venderte la idea de que también se le llama "Habeas corpus", pero se trata de una figura distinta, que suele existir en el derecho anglosajón.

Saludos.

domingo, 31 de enero de 2010

Garantías individuales

Hola.

Esta es la pregunta interesante que me encontré hoy:

¿Es importante que los mexicanos conozcamos nuestras garantias individuales?

Y esta fue mi contestación:

Sí, es muy importante, porque las garantías individuales, son nuestros derechos fundamentales como ciudadanos, y es muy bueno que te enseñen eso en la escuela, e incluso hay algo aún más importante: recuerda que las garantías individuales sí existen, y están en la Constitución Federal para respetarse.

Te lo comento, porque me he topado con infinidad de personas que, una vez que salen de la escuela, se hacen a la idea de que las garantías individuales son puro cuento, y si son autoridades, en vez de buscar la manera de que se cumplan, buscan la manera de que no se cumplan; y si son particulares, en vez de buscar la manera de exigir su cumplimiento, tratan por medio de todos los argumentos a su alcance, de convencerse y de convencer a los demás de que en el caso particular que están viviendo, no hubo violación de garantías ni ilegalidad alguna, a pesar de que estén ante el abuso más evidente del mundo.

Te felicito por interesarte en estos temas, y ojalá sigas profundizando en el estudio de los mismos. Y te repito, las garantías individuales son importantes y deben respetarse, e incluso, en nuestro sistema jurídico mexicano, contamos con una verdadera joya del derecho, que es el famoso juicio de amparo, el cual constituye un procedimiento especial para proteger las garantías constitucionales, valioso legado de juristas como Crescencio Rejón y Mariano Otero.

viernes, 22 de enero de 2010

¿Cual es el concepto legal de pleitos y cobranzas?

En efecto, hoy me encontré con alguien que me planteó esta pregunta, y he aquí mi reflexión al respecto:

Para explicar dicho concepto, primero me gustaría hacer una breve referencia a la figura del poder o mandato, que es el acto jurídico mediante el cual, una de las partes, que se denomina mandante o poderdante, le confiere a la otra, llamada apoderado o mandatario, el encargo de representarlo en uno o varios negocios jurídicos. Y los hay básicamente de tres clases:

Para actos de administración (manejo de bienes, valores, etcétera, sin transmisión de propiedad).

Para actos de dominio (para comparecer en uno o varios actos jurídicos, relacionados con los bienes del mandante, con facultades de dueño).

Para pleitos y cobranzas (es para representar al poderdante en juicios y procedimientos seguidos en forma de juicio).

lunes, 28 de diciembre de 2009

Reflexiones sobre la justicia

Por una parte, es cierto que nadie puede hacerse justicia por su propia mano. Sin embargo, queda abierta la siguiente pregunta: ¿Cómo exigir y hacer que prevalezca la verdadera justicia sobre un cúmulo de situaciones injustas que, ya sea por su cuantía, ya porsu aparente irrelevancia, o ben, por la imposibilidad o dificultad de comprobarlas, pasan desapercibidas para las autoridades?

El interés que tengo en el tema, es principalmente de tipo personal, porque he vivido diversas situaciones que, como humano y como ciudadano, he percibido como injustas; momentos en los que he visto atropellados mis derechos, y circunstancias en las que, después de darle mil vueltas al asunto, llego a la conclusión de que no hay nada que hacer, simplemente porque a veces, no habrá procedimiento alguno que valga la pena iniciar, por ser asuntos de muy poca monta, o simplemente, sin un interés económico de por medio. Asuntos irrelevantes, podría decirse; sin embargo, el cúmulo de injusticias de poca monta, como una montaña formada por millones de finos granos de arena, llega a producir un malestar que se hace más grande con cada nueva situación de mínima cuantía con la que me encuentro.

Sin embargo, pienso que también podría tener cierto interés social, pues diversas personas me han comentado sobre situaciones similares a las que yo he vivido, y también me han manifestado su indignación.

No está de más citar algunos ejemplos. En la ciudad de Cancún, donde vivo desde hace ocho años, es común que los policías de tránsito repartan multas a diestra y siniestra, sin más justificación que su supuesto criterio, según el cual, todos somos infractores. Al respecto, varios colegas y yo, hemos sostenido interminables charlas de café, en las que siempre concluimos que esto, al margen de que es obviamente anticonstitucional, es un completo abuso, y en algunas ocasiones, nos hemos planteado alternativas para combatir tan desagradable situación. Una de ellas, ha sido, claro está, el juicio de amparo; joya de nuestro sistema jurídico y procesal, mediante la cual, en la mayoría de los casos, se ha logrado que la autoridad responsable de marcha atrás con el atropello en cuestión y restituya al quejoso en el goce de sus derechos; pero al comentarles con singular alegría a otros conocidos sobre este éxito, acaban respondiendo que, claro, el que ha tenido la oportunidad de estudiar derecho, puede echar mano de esos medios de defensa, pero aquel que no lo es, no va a contratar a un profesional del derecho para promover un juicio de amparo, pues sus honorarios rebasarían por mucho el monto de la multa arbitrariamente impuesta.

Otra vía por la que hemos optado, ha sido la denuncia ante las diversas comisiones de derechos humanos; sin embargo, estas organizaciones únicamente emiten recomendaciones, cuando la violación es muy evidente, y no profundizan en la inconformidad del ciudadano, dado que en la mayoría de los casos, se quedan con la “apariencia del buen derecho”, que si bien, sabemos que es de utilidad en ciertas etapas procesales, también es cierto que no es lo único que ha de tomarse en cuenta para tomar una decisión de fondo.

Por lo anterior, pienso que sería conveniente:

a).- Identificar las situaciones de injusticia que escapan al ámbito de acción de la autoridad.

b).- Proponer mecanismos de solución para las situaciones antes mencionadas.

c).- Facilitar el acceso de los ciudadanos a la justicia pronta y expedita.

Es decir, convendría establecer instancias especializadas en asuntos de mínima cuantía o aparente irrelevancia, que resolvieran dichas situaciones de manera ágil y de acceso fácil y económico para los particulares.